Establece test de alcohol a los maquinistas y prohibición del uso de celulares personales, entre otras cosas.
El Gobierno aprobó hoy el "protocolo" que establece los controles a maquinistas de trenes metropolitanos en cuanto a consumo de alcohol y prohibición del uso de celulares personales y que, además, determina las consultas a realizar para verificar su grado de atención.
Lo hizo a través de la resolución 404/2013 de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) que, con la firma de su interventor, Fernando Manzanares, indica a los concesionarios que instruyan al personal respecto de la prohibición de usar celulares y artículos electrónicos que no estén vinculados a la operación del tren y eventuales sanciones para su incumplimiento.
El denominado "Protocolo de Evaluación del Centro de Recepción de Personal a Controlar y de Evaluación Aleatoria de Personal Operativo" deberá ser implementado por la totalidad de los concesionarios y operadores de la prestación de servicios de transporte ferroviario de pasajeros del área metropolitana.
La normativa se conoce 42 días después de que el ministro de Interior y Transporte, Florencio Randazzo, mostrara en conferencia de prensa videos de maquinistas que dormitaban, leían o enviaban mensajes de texto, y afecta a los trenes de Capital y Conurbano, uno de cuyos ramales, el Sarmiento, protagonizó dos accidentes, en Once y en Castelar, que dejaron un saldo de 54 muertos y más de mil heridos.
El anexo I de la resolución presenta las preguntas que deberán contestar los maquinistas, entre ellas de ubicación temporal y espacial, la obligación de dibujar un reloj con la hora, y también incorpora los resultados de controles de alcoholemia, de otras sustancias y de oxígeno, a cargo de un profesional de la salud.
En su artículo sexto, la norma establece con retroactividad al 1º de septiembre la obligación para que concesionarios instrumenten regímenes disciplinarios internos y sanciones al personal que incumpla "la prohibición de permanencia de terceros no autorizados en la cabina de conducción".
El artículo siguiente, también retroactivo al 1º de este mes, determina que los concesionarios "deberán instruir a su personal respecto de la prohibición de uso de celulares y artículos electrónicos que no estén vinculados a la operación del tren, incorporando en sus regímenes disciplinarios internos, sanciones al personal que incumpla con dicha medida".
Respecto de las comunicaciones "aleatorias" con los maquinistas, las concesionarias deberán "implementar inmediatamente del dictado de la presente" procedimientos "que permitan verificar el grado de atención" de los maquinistas, "interrogando sobre la velocidad de circulación, número de tren, y chapa", comunicaciones que deberán complementarse con el seguimiento de trenes mediante el sistema de GPS.
Esas comunicaciones "deberán ser registradas y estar disponibles para ser auditadas" por la CNRT, que además aprobó las funciones de los "supervisores de tráfico", de los que debe haber al menos cuatro "cada 50 Kilómetros de línea, excepto en aquellos ramales donde la frecuencia y cantidad de formaciones en servicio no justifican ese número, pudiéndose en ese caso proponer un número menor, justificando tal decisión".
Esos supervisores deberán, entre otras cosas, "verificar el correcto funcionamiento y uso de los distintos dispositivos de seguridad en general", el "correcto funcionamiento de luces, bocinas, dispositivos de seguridad y velocímetro", como así también de las "cámaras y filmaciones de tren y cabinas", uno de los puntos que más rechazo había generado entre los maquinistas.
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12-09-13